Atención y servicios a la ciudadanía

13.1. Trámites, Otros Procedimientos Administrativos y consultas de acceso a información pública

Trámites, Otros Procedimientos Administrativos y consultas de acceso a información pública.

a. Los sujetos obligados deberán incluir en su respectiva sede electrónica la información y contenidos relacionados con los canales habilitados para la atención a la ciudadanía y demás grupos caracterizados, con la finalidad de identificar y dar a conocer los canales digitales oficiales de recepción de solicitudes, peticiones e información, de conformidad con el artículo 14 del Decreto 2106 de 2019.
b. Mecanismo para que el usuario pueda agendar una cita para atención presencial, e indicar los horarios de atención en sedes físicas.
Condiciones técnicas:
a. Acuse de recibo.
b. Validación de campos.
c. Mecanismos para evitar SPAM.
d. Mecanismo de seguimiento en línea.
e. Mensaje de falla en el sistema.
f. Integración con el sistema de PQRSD de la entidad.
g. Disponibilidad del formulario a través de dispositivos móviles.
h. Seguridad Digital.
Condiciones del formulario:
a. Selección de opción de la PQRSD (Petición, Queja/Reclamo, Solicitud de Información, Denuncia, Sugerencia/ Propuesta).
b. Nombre y Apellidos o Razón Social de la Empresa o posibilidad de presentar queja/denuncia anónima.
c. Tipo de documento de identidad o el de la empresa ( Cédula de Ciudadanía, NUIP -Número Único de Identificación Personal, Cédula de Extranjería, NIT -Número de Identificación Tributaria-, Pasaporte ).
d. Número de documento de identidad o NIT de la empresa.
e. Modalidad de recepción de la respuesta ( correo electrónico, dirección de correspondencia).
f. Correo electrónico.
g. Dirección de correspondencia (Dirección, Barrio/ Vereda / Corregimiento, Municipio/ Distrito, País – en caso que sea diferente al de Colombia).
h. Número de contacto.
i. Objeto de la PQRSD.
j. Adjuntar documentos o anexos.
k. Aviso de aceptación de condiciones.
l. Botón «Enviar».

a. Sección de noticias.

a. ¿La entidad ha implementado una política de seguridad digital y de seguridad de la información, de conformidad con el artículo 6 y el Anexo 3 de la Resolución MinTIC 1591 de 2020?
b. ¿La entidad ha adoptado el Modelo de Seguridad y Privacidad de la Información (MSPI), recomendado por la Dirección de Gobierno Digital del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones?
c. En caso de que la entidad haya sufrido algún incidente de seguridad de la información en el último año ¿esta ha comunicado los incidentes a la Superintendencia de Industria y Comercio, y en caso de ser graves o muy graves al Grupo de Respuestas a Incidentes de Seguridad Informática del Gobierno Nacional (CSIRT)?* (En caso de no haber sufrido incidentes, seleccione la opción «»no aplica»»)
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